Plano Geográfico de la Isla Oriental de Malvinas levantado por Luis Vernet.https://www.repositorio.cenpat-conicet.gob.ar/items/380dc5a5-1b2c-4164-ab93-f18505e31ba6

El 10 de junio se conmemora la creación, en 1829, de la Comandancia Política y Militar de las Islas Malvinas y las adyacentes al Cabo de Hornos en el Mar Atlántico, dispuesta por el gobierno de Buenos Aires y puesta bajo la autoridad de Luis Vernet, con sede en Puerto Soledad. No fue un acto aislado ni meramente administrativo: fue la formalización institucional de una presencia argentina previa, continuadora de los títulos hispánicos heredados por las Provincias Unidas tras la independencia. Desde 1820, con la toma de posesión realizada por David Jewett en nombre del gobierno rioplatense, y luego con la actividad de Vernet, existió ejercicio efectivo de jurisdicción: establecimiento de población, administración, regulación de la pesca y la caza de anfibios, organización económica, relaciones comerciales y aplicación de normas dictadas por la autoridad argentina.

La vida en Puerto Soledad combinaba explotación ganadera, salazón de carnes, caza regulada, comercio marítimo, pequeñas instalaciones productivas y una población heterogénea integrada por criollos, gauchos, peones, comerciantes, marineros, técnicos y familias. Vernet no actuó como simple empresario privado: fue comandante político y militar, encargado de ordenar la colonia, hacer observar las leyes argentinas y proteger los recursos del Atlántico Sur frente a la depredación extranjera. Esa defensa de los recursos explica el conflicto con buques estadounidenses dedicados a la caza ilegal, el ataque de la USS Lexington en diciembre de 1831 y la posterior necesidad argentina de reorganizar la autoridad insular. En ese contexto fueron enviados Francisco Mestivier, como comandante civil y militar interino, y la goleta Sarandí, al mando de José María Pinedo, para restablecer el orden.

La usurpación británica se consumó el 3 de enero de 1833, cuando la corbeta HMS Clio, comandada por John James Onslow, intimó a las autoridades argentinas y forzó la retirada de la guarnición. La ocupación no nació de un título jurídico válido, sino de un acto de fuerza contra una autoridad estatal previamente constituida. Desde entonces, el Reino Unido mantuvo una ocupación ilegal e ilegítima, expulsó a las autoridades argentinas e implantó progresivamente una población colonial, especialmente a partir de la década de 1840, cuando consolidó la administración británica y promovió asentamientos bajo su control. Por eso la población actual no puede ser considerada un pueblo colonizado titular de libre autodeterminación frente a la Argentina, sino una población implantada por la potencia ocupante luego del desplazamiento de la autoridad legítima.

Los argumentos británicos carecen de consistencia jurídica suficiente. No hay estoppel, porque la Argentina nunca reconoció la soberanía británica ni adoptó una conducta inequívoca de renuncia; no hay prescripción adquisitiva, porque la ocupación nació de un acto ilícito y fue resistida de modo permanente; no hay aquiescencia, porque las protestas argentinas comenzaron inmediatamente en 1833 —incluida la protesta formal de Manuel Moreno ante el gobierno británico el 17 de junio de ese año— y continuaron en el plano diplomático, jurídico y multilateral; y no hay libre autodeterminación aplicable en sentido clásico, porque la Resolución 2065 (XX) de la Asamblea General de Naciones Unidas reconoció una disputa bilateral de soberanía entre la Argentina y el Reino Unido, ordenando negociar una solución pacífica conforme a la Resolución 1514 (XV), pero teniendo en cuenta los intereses de los habitantes, no sus “deseos” como supuesto pueblo soberano.

La actualidad del reclamo argentino se apoya en una continuidad histórica, constitucional e internacional: la soberanía sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur, Sandwich del Sur y los espacios marítimos correspondientes es una cuestión permanente e irrenunciable, agravada por la explotación unilateral de recursos pesqueros, hidrocarburíferos y estratégicos en un área sometida a controversia. Naciones Unidas mantiene vigente el llamado a reanudar negociaciones bilaterales para alcanzar una solución pacífica y definitiva, reiterado por el Comité Especial de Descolonización. Por ello, el 10 de junio no es una efeméride retórica: es la afirmación jurídica de una verdad histórica, la denuncia de una ocupación colonial nacida de la fuerza y la actualización de una política nacional orientada a recuperar el ejercicio pleno de soberanía sobre el Atlántico Sur.